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mayo  18, 2024

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Exp. N° EX-2021-42558303- -APN-DGD#MP (C. 1767) “WHATSAPP INC. S/INFRACCIÓN LEY N°27.442”. Dictamen CNDC N° IF-2021-42671970-APN-CNDC#MDP del 13.05.2021. Resolución N° 492 de la Secretaría de Comercio Interior del 14.05.2021. Exp. 10026/2021 (WhatsApp); Exp. 5582/2021 de la Cámara Civil y Comercial Federal – Sala II del 26.04.2022

Citar: elDial.com - CC762D

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Exp. N° EX-2021-42558303- -APN-DGD#MP (C. 1767) “WHATSAPP INC. S/INFRACCIÓN LEY N°27.442”. Dictamen CNDC N° IF-2021-42671970-APN-CNDC#MDP del 13.05.2021. Resolución N° 492 de la Secretaría de Comercio Interior del 14.05.2021. Exp. 10026/2021 (WhatsApp); Exp. 5582/2021 de la Cámara Civil y Comercial Federal – Sala II del 26.04.2022.

CONFIRMA MEDIDA CAUTELAR. Las sentencias confirman la decisión adoptada por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo por Resolución SCI Nº 492/ 2021, de fecha 14 de mayo de 2021, a partir de un dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en atención a que la competencia en los mercados es un bien colectivo con jerarquía constitucional de necesaria protección superlativa, ante una percibida amenaza a la competencia en el mercado. Asimismo, la Cámara consigna, con fundamento en las Condiciones de Servicio y la Política de Privacidad de WhatsApp y otras cuestiones adicionales, que las circunstancias analizadas “impiden descalificar la medida preventiva dictada por la autoridad administrativa”. Por lo que concluye desestimar las impugnaciones judiciales y confirmar así la decisión tutelar preventiva anticipada. En este sentido, la finalidad de la cautelar impuesta, ha sido evitar el agravamiento y la continuación de un presunto abuso de la posición dominante de WhatsApp en el mercado en el cual opera la empresa, con potencial perjuicio a las condiciones de competencia. Asimismo, la medida protege el principio de autodeterminación informativa de los millones de usuarios que el sistema de mensajería instantánea tiene en Argentina. Finalmente, las investigaciones siguen en curso en el seno de la CNDC, y recientemente se decidió extender, de manera temporal, las medidas confirmadas por el tribunal de alzada.

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